PIE- 2022-68  

READ "Reorientando la enseñanza aprendizaje en derecho"

 

Centrando el enfoque en los márgenes de las Ciencias Jurídicas en general y del Derecho en particular, no es ocioso recordar que el escenario profesional de los juristas se enfrenta a una serie de cambios estructurales y normativos. A ello se une además una política vacilante en el diseño de las profesiones jurídicas, particularmente visible en lo referido al desarrollo de la carrera profesional del estudiante y su formación continua. De ahí que resulta tan complejo plantearse cómo debería ser el desarrollo futuro de las profesiones jurídicas.
A día de hoy, el modelo de enseñanzas de nuestras facultades de Derecho, como ya avanzábamos, aún proviene de un modelo aséptico y anclado en el tiempo, no solo en la enseñanza, sino también en el aprendizaje del Derecho. En este sentido y salvo honrosas salvedades, las características básicas de este modelo se resumen en los siguientes elementos definitorios:


− Unas clases teóricas instituidas como el elemento central de la enseñanza del Derecho y donde se exponen y explican los contenidos de los correspondientes programas de las asignaturas.


− Unas clases prácticas dedicadas generalmente a la propuesta, resolución y discusión de casos prácticos extraídos de la imaginación del profesor, de la actualidad o, más frecuentemente, de la jurisprudencia.


− Unos contenidos docentes por lo general sobrecargados y que no se corresponden con el número real de horas lectivas que se imparten o pueden impartirse.

 

-Unos materiales de estudio donde sigue cobrando un protagonismo casi hegemónico los apuntes como material fundamental, cuando no exclusivo, de estudio del alumno. Huelga subrayar que la procedencia de los mismos supone, en el mejor de los casos, que se encuentren incompletos o desactualizados.


− El procedimiento de evaluación del estudiante sigue recayendo en el examen, con lo que en última instancia implica que el estudiante se centra exclusivamente en la superación de dichos exámenes, impidiendo o negándose a la realización de cualquier otra actividad docente formativa o complementaria.


− La figura del estudiante acaba por infantilizarse, plagando las aulas alumnos/as escasamente participativos y sin intención ninguna de atender a modificaciones que le supongan un esfuerzo adicional. Nuevamente, salvo notables excepciones.


− En cuanto a los profesores, la falta de incentivos y de reconocimiento real estimula poco la organización de actividades complementarias, que le suponen gran esfuerzo de preparación y organización, y que, a la falta de reconocimiento docente, unen la escasa, cuando no nula, compensación económica.

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